México

Calculadora de finiquito

Verificado el Fuentes

Escriba las fechas y el salario mensual: verá cada concepto del finiquito, el total bruto y el impuesto del aguinaldo.

  • LFT arts. 76, 80 y 87
  • UMA y salario mínimo vigentes
  • Aguinaldo con ISR

El primer día de trabajo.

El último día de trabajo.

Bruto, antes de impuestos. Si le pagan por quincena, súmelas.

En un despido la ley prevé además la indemnización; la calcula la página de liquidación por despido.

días

Los días trabajados que todavía no le pagaron. Déjelo en 0 si ya recibió todo.

días

Se descuentan de las que le corresponden por los días trabajados.

Si le adelantaron una parte, escríbala.

días

El mínimo legal es 15. Cambie el valor si su contrato da más.

%

El mínimo legal es 25 %. Cambie el valor si su contrato da más.

Se calcula en su navegador. No guardamos sus datos.

Finiquito bruto

$14,404.12

Antes de impuestos, con 3.74 años de servicio. El ISR del aguinaldo es $470.30; el resto se retiene con la tarifa ordinaria.

Conceptos

Aguinaldo proporcional (299 días del año)
$6,143.84
Vacaciones (13.22 días)
$6,608.22
Prima vacacional
$1,652.06
Total bruto
$14,404.12

Impuesto

Aguinaldo exento (30 UMA)
$3,519.30
ISR del aguinaldo
−$470.30
Notas del cálculo (2)
  • Al renunciar, la prima de antigüedad se paga desde 15 años de servicio. Con 3.74 años, no corresponde.

    Ver detalles

    En un despido, en una rescisión por causa del patrón y por muerte del trabajador se paga siempre, sin importar los años.

  • Solo calculamos el ISR del aguinaldo. El del salario pendiente, las vacaciones y la prima vacacional se retiene con la tarifa ordinaria de la nómina.

    Ver detalles

    Esa retención depende del pago del mes y del subsidio para el empleo; por eso no mostramos un neto del finiquito.

Salario diario $500.00 · UMA $117.31 · Ver valores usados

Enviar por WhatsApp

¿Ve un error? Avísenos

Finiquito bruto$14,404.12Ver detalle

Cómo lo calculamos

El finiquito suma lo que ya ganó y no le han pagado. Cada concepto se calcula con el salario diario (salario mensual entre 30).

  1. Salario diario

    salario mensual ÷ 30

    $15,000.00 ÷ 30 = $500.00

    Norma: Art. 89, Ley Federal del Trabajo · La Ley Federal del Trabajo calcula el salario diario con el pago del mes dividido entre 30.

  2. Aguinaldo proporcional

    salario diario × días de aguinaldo × días trabajados del año ÷ 365

    500.00 × 15 × 299 ÷ 365 = $6,143.84

    Norma: Art. 87, Ley Federal del Trabajo · Cuentan los días del año calendario trabajados hasta la baja (desde el 1 de enero o desde el ingreso).

  3. Vacaciones pendientes

    días del año de servicio × días transcurridos ÷ 365, menos los disfrutados

    18 × 268 ÷ 365 = 13.2164 días = $6,608.22

    Norma: Art. 76, Ley Federal del Trabajo · Con 3 años cumplidos, el año de servicio en curso da 18 días de vacaciones (tabla del art. 76).

  4. Prima vacacional

    pago de vacaciones × porcentaje de la prima

    6,608.22 × 25 % = $1,652.06

    Norma: Art. 80, Ley Federal del Trabajo · Está dentro del límite exento de 15 UMA: no paga ISR.

  5. Total bruto del finiquito

    salario pendiente + aguinaldo + vacaciones + prima vacacional (+ PTU y prima de antigüedad si corresponden)

    $14,404.12

    Es el importe antes de impuestos. Aquí solo calculamos el ISR del aguinaldo; el resto va con la retención ordinaria de la nómina.

  6. ISR del aguinaldo

    parte gravada × tasa del método del art. 174 del Reglamento

    gravado 2,624.54 (6,143.84 − 3,519.30 exentos); base mensual 218.59; impuesto del sueldo 1,402.82 y con la base 1,441.99; diferencia 39.17; tasa 17.9194 % = $470.30

    Norma: Art. 174, Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta · Método del art. 174 del Reglamento de la LISR: la parte gravada se divide entre 365 y se multiplica por 30.4 para llevarla a un mes; se calcula el impuesto del sueldo con y sin esa parte, y la tasa que resulta se aplica a la parte gravada.

Valores usados

Vigentes al

UMA diaria 2026
$117.31
Desde · Define el aguinaldo exento (30 UMA) y la prima vacacional exenta (15 UMA). Revisado el 23/10/2026.Fuente: INEGI, Unidad de Medida y Actualización
Salario mínimo 2026
$315.04 por día
Desde · Para la prima de antigüedad se usa un tope de 2 salarios mínimos por día. Revisado el 23/10/2026.Fuente: CONASAMI, resolución del DOF del 9 de diciembre de 2025
Aguinaldo, vacaciones y prima vacacional
15 días · 12 a 22 días · 25 %
Revisado el 23/10/2026.Fuente: LFT arts. 76, 80 y 87

Cómo se calcula el finiquito

finiquito = salario pendiente + aguinaldo proporcional + vacaciones pendientes + prima vacacional

salario diario
salario mensual ÷ 30
aguinaldo
salario diario × 15 días × días trabajados del año ÷ 365
vacaciones
salario diario × días del año de servicio × días transcurridos ÷ 365, menos los ya disfrutados
prima vacacional
25 % del pago de las vacaciones, como mínimo

El finiquito es el pago de las prestaciones que el trabajador ya generó cuando termina la relación de trabajo, sin importar si renunció o si lo despidieron. La ley no lo define como un solo pago, pero se compone de conceptos que sí están en la Ley Federal del Trabajo: el aguinaldo proporcional (art. 87), las vacaciones y la prima vacacional (arts. 76, 79 y 80) y el salario que aún no se paga.

La prima de antigüedad (art. 162) se suma solo cuando se despide a la persona o cuando renuncia con 15 años o más de servicio. La indemnización de 3 meses y los 20 días por año no son parte del finiquito: se calculan en la liquidación por despido injustificado.

Ejemplo al 26/10/2026

Con los datos iniciales (ingreso el 01/02/2023, salario de $15,000.00 al mes y renuncia), el finiquito bruto es $14,404.12. Antes de impuestos, con 3.74 años de servicio. El ISR del aguinaldo es $470.30; el resto se retiene con la tarifa ordinaria.

Si la baja es el 30/10/2026, con 3 años y 9 meses de servicio, el salario diario es $500.00. El aguinaldo de los 303 días del año da $6,226.03; las vacaciones, $6,706.85 (18 días del año de servicio, 272 de 365 transcurridos); la prima vacacional, $1,676.71. El total bruto es $14,609.59.

El aguinaldo pasa del límite exento de 30 UMA ($3,519.30) por $2,706.73, y su ISR es $485.06. La prima vacacional ($1,676.71) queda por debajo de 15 UMA y no paga impuesto.

Qué incluye el finiquito y qué no

Incluye el sueldo de los días trabajados que no se han pagado, el aguinaldo del año hasta la fecha de baja, las vacaciones que no se han disfrutado y la prima vacacional que corresponde a esas vacaciones. Si hay PTU pendiente de un ejercicio anterior, también se paga aparte.

No incluye la indemnización por despido. Si la empresa despide sin causa justificada, además del finiquito puede corresponder la indemnización de 3 meses de salario (art. 48) y, según el caso, 20 días por año de servicio (art. 50), más la prima de antigüedad (art. 162). En esta página, al elegir «Despido» se muestra el finiquito y un aviso que remite a la liquidación.

Renuncia, terminación del contrato y despido

Quien renuncia cobra el finiquito, pero no la indemnización. La prima de antigüedad solo se paga en la renuncia si la persona tiene 15 años o más de servicio. En el ejemplo de 3 años y 9 meses, un despido agregaría la prima de antigüedad de $22,487.67.

La terminación del contrato por vencimiento del plazo o de la obra se trata aquí como una renuncia. Es un criterio de la calculadora: si la terminación se debe a una causa del patrón, pueden corresponder otros pagos.

Cuánto impuesto se paga

El aguinaldo está exento hasta 30 UMA ($3,519.30 con la UMA de $117.31); la prima vacacional, hasta 15 UMA. Lo que pasa de esos límites paga ISR, y para el aguinaldo se usa el método del art. 174 del Reglamento de la LISR, que esta página explica paso a paso.

El salario pendiente y las vacaciones se retienen con la tarifa mensual ordinaria, que depende del resto de su pago del mes y del subsidio para el empleo. Por eso mostramos el total bruto y el ISR del aguinaldo, pero no un neto del finiquito.

Finiquito de una renuncia según el salario mensual

Ingreso el 01/02/2023 y baja el 30/10/2026; sin días de salario pendientes ni vacaciones disfrutadas; importes brutos con UMA de 2026
Salario mensualAguinaldoVacacionesPrima vacacionalTotal bruto
$10,000.00$4,150.68$4,471.23$1,117.81$9,739.72
$15,000.00$6,226.03$6,706.85$1,676.71$14,609.59
$25,000.00$10,376.71$11,178.08$2,794.52$24,349.31
$40,000.00$16,602.74$17,884.93$4,471.23$38,958.90

Qué debe tener en cuenta

  • Alcance: finiquito de una relación individual de trabajo con salario fijo mensual. No calcula comisiones, horas extra, bonos ni prestaciones superiores a la ley, salvo los días de aguinaldo y el porcentaje de prima vacacional que usted cambie.
  • Las vacaciones proporcionales se calculan con los días transcurridos del año de servicio entre 365. Algunas nóminas cuentan por meses y obtienen una diferencia de centavos o pesos.
  • Solo se calcula el ISR del aguinaldo, con el método del art. 174 del Reglamento de la LISR: es una estimación de la retención y el impuesto definitivo se determina en la declaración anual. El resto del finiquito se retiene con la tarifa ordinaria y no se muestra neto.
  • Los valores de UMA, salario mínimo y tarifa del ISR son los de 2026; para fechas posteriores a 2026 la calculadora no muestra un monto hasta cargar los nuevos valores oficiales.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me tienen que pagar de finiquito?

Depende de su salario y de cuánto tiempo trabajó en el año. Con un salario de $15,000.00 al mes, ingreso el 01/02/2023 y baja el 30/10/2026, el finiquito bruto es $14,609.59: $6,226.03 de aguinaldo, $6,706.85 de vacaciones y $1,676.71 de prima vacacional.

¿Qué diferencia hay entre finiquito y liquidación?

El finiquito son las prestaciones ya generadas (aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y salario pendiente) y se paga siempre. La liquidación, en el uso común, es el finiquito más la indemnización por despido injustificado: 3 meses de salario, según el caso 20 días por año, y la prima de antigüedad.

¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional en el finiquito?

Se multiplica el salario diario por 15 días (o los que dé su contrato) y por los días trabajados en el año, y se divide entre 365. Los días cuentan desde el 1 de enero, o desde el ingreso si fue este año, hasta la fecha de baja.

¿Cuántos días de vacaciones me tocan?

Los de la tabla del art. 76 de la LFT según los años de servicio: 12 el primer año, 14 el segundo, 16 el tercero, 18 el cuarto y 20 el quinto; del sexto al décimo, 22, y después 2 más cada cinco años. En el finiquito se pagan en proporción a los días transcurridos del año de servicio.

¿La prima vacacional paga impuestos?

Está exenta hasta 15 UMA ($1,759.65 con la UMA de 2026). Lo que pasa de ese límite se acumula al ingreso y paga ISR.

¿La prima de antigüedad entra en el finiquito?

Solo si lo despidieron o si renunció con 15 años o más de servicio. Son 12 días de salario por año, con un tope diario de 2 salarios mínimos. La calculadora de prima de antigüedad muestra el detalle.

¿El finiquito incluye el reparto de utilidades (PTU)?

No. La PTU de un ejercicio ya cerrado se paga aparte, en el plazo que fija la ley después de la declaración anual de la empresa, aunque la persona ya no trabaje ahí. Esta calculadora no la incluye.

Fuentes y metodología

Última revisión:
Reglas:
LFT arts. 76, 79, 80, 87, 89 y 162; LISR art. 93 fracción XIV; RLISR art. 174

Revisamos cada regla y cada valor contra la fuente oficial y anotamos la fecha de la revisión. Si una norma cambia, actualizamos la calculadora y lo dejamos en el historial.

Resultado orientativo: no reemplaza la asesoría de un abogado laboralista o de un contador público.

Historial de cambios

  • Primera versión: finiquito con aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y ISR del aguinaldo.