México

Salario mínimo neto 2026: cuánto le queda

Verificado el Fuentes

El salario mínimo de $315.04 por día deja $9,582.47 netos al mes: no se le retiene ISR (art. 96 de la LISR) y su cuota del IMSS la paga el patrón (art. 36 de la LSS). En la frontera norte quedan $13,409.80.

  • $315.04 por día
  • Sin ISR (art. 96)
  • Sin IMSS (art. 36)
Ejemplo:Salario mínimo general al mes $9,582.47Sueldo neto $9,582.47
  • $315.04 por día · sin ISR (art. 96) · IMSS a cargo del patrón (art. 36): $235.53
  • Zona libre de la frontera norte: $13,409.80 brutos y $13,409.80 netos
  • La empresa paga $12,327.96 al mes por un trabajador de salario mínimo

Lo que le pagan antes de descuentos, por el periodo que elija abajo.

La tarifa del ISR cambia según los días del periodo.

Define la UMA y el subsidio. En enero de 2026 el subsidio es un poco mayor.

Calcula la parte del trabajador con el salario base de cotización.

años

Define las vacaciones y el factor de integración del salario.

Solo cuenta si gana el salario mínimo: en la zona libre de la frontera norte es mayor.

Crédito Infonavit, pensión alimenticia o préstamos.

Se calcula en su navegador. No guardamos sus datos.

Sueldo neto

$9,582.47

Con el salario mínimo no se retiene ISR (art. 96 LISR) y el patrón paga la cuota obrera del IMSS (art. 36 LSS).

Del bruto al neto

Sueldo bruto
$9,582.47
ISR a retener
−$0.00
Cuota obrera IMSS: la paga el patrón (art. 36 LSS)
$0.00
Sueldo neto
$9,582.47
Notas del cálculo (2)
  • Con un sueldo igual o menor al salario mínimo del periodo ($9,582.47) no se retiene ISR y el patrón paga la cuota obrera del IMSS.

    Ver detalles

    El art. 96 de la LISR dice que no se retiene a quien en el mes solo percibe un salario mínimo general de su área geográfica, y el art. 36 de la Ley del Seguro Social, que el patrón paga íntegramente la cuota del trabajador que percibe el salario mínimo. Usamos el general ($315.04 al día) y, para un mes, el equivalente de CONASAMI de 365 ÷ 12 días.

  • La retención real de su empresa puede diferir en unos centavos o pesos.

    Ver detalles

    Este cálculo toma el sueldo del periodo como ingreso gravable. Su nómina puede tener prestaciones exentas, horas extra, bonos o deducciones que cambian la base. La diferencia se corrige en el cálculo anual que hace el patrón (art. 97 de la LISR).

Subsidio mensual $535.65 hasta $11,492.66 · tarifa mensual · Ver valores usados

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Sueldo neto$9,582.47Ver detalle

Cómo lo calculamos

El ISR se calcula con la tarifa del periodo; el subsidio para el empleo se resta a quien gana hasta el límite del decreto, y quien solo percibe el salario mínimo no paga ISR (art. 96).

  1. ISR de la tarifa mensual

    cuota fija + (sueldo − límite inferior) × porcentaje

    420.95 + (9,582.47 − 7,168.52) × 10.88 % = 420.95 + 262.64 = $683.59

    Norma: Art. 96, Ley del Impuesto sobre la Renta · Tarifa del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 para ese periodo de pago.

  2. ISR a retener

    sin retención si solo percibe el salario mínimo

    Su sueldo no pasa del salario mínimo del periodo (9,582.47): no se retiene ISR. → $0.00

    Norma: Art. 96, Ley del Impuesto sobre la Renta

  3. Salario diario

    salario mensual ÷ 30

    $9,451.20 ÷ 30 = $315.04

    Norma: Art. 89, Ley Federal del Trabajo

  4. Factor de integración

    1 + (días de aguinaldo + días de vacaciones × prima vacacional) ÷ 365

    1 + (15 + 12 × 25 %) ÷ 365 = 1 + 18 ÷ 365 = 1.0493150685

    Norma: Art. 84, Ley Federal del Trabajo · Suma al salario diario la parte diaria del aguinaldo y de la prima vacacional.

  5. Salario diario integrado

    salario diario × factor de integración + percepciones variables

    315.04 × 1.0493150685 = $330.58

    Norma: Art. 84, Ley Federal del Trabajo

  6. Base de las cuotas

    SBC diario × días del periodo; el excedente es lo que pasa de 3 UMA

    SBC 330.58 (2.82 UMA); excedente sobre 3 UMA (351.93): 0.00 al día; 30 días = $330.58

    Norma: Art. 106, Ley del Seguro Social

  7. Cuotas del trabajador

    excedente de 3 UMA × 0.40 % + SBC × (0.25 % + 0.375 % + 0.625 % + 1.125 %), por los días del periodo

    $235.53

    Norma: Art. 25, Ley del Seguro Social · Cada renglón se redondea al centavo antes de sumar. El Infonavit no se descuenta al trabajador: lo paga el patrón.

  8. Cuota obrera a cargo del patrón

    si percibe como cuota diaria el salario mínimo, el patrón paga íntegramente la cuota del trabajador

    Su sueldo no pasa del salario mínimo del periodo (9,582.47): las cuotas del trabajador (235.53) las paga el patrón. → $0.00

    Norma: Art. 36, Ley del Seguro Social · No se descuentan al trabajador; la empresa las suma a sus cuotas patronales.

  9. Sueldo neto

    sueldo bruto − ISR − cuotas del IMSS − otros descuentos

    9,582.47 − 0.00 − 0.00 = $9,582.47

Valores usados

Vigentes al

Salario mínimo general 2026
$315.04 por día
Desde · Con 365 ÷ 12 días son $9,582.47 al mes, el equivalente mensual de CONASAMI. Revisado el 23/10/2026.
Salario mínimo de la frontera norte 2026
$440.87 por día
Desde · Vigente desde el 01/01/2026; con 365 ÷ 12 días son $13,409.80 al mes. Revisado el 23/10/2026.
Tarifa mensual del ISR 2026
11 renglones, de 1.92 % a 35 %
Desde · Con el salario mínimo la base cae en el renglón de 10.88 %, pero el art. 96 evita la retención.
Subsidio para el empleo
$535.65 al mes (límite $11,492.66)
Desde · Con el mínimo no cuenta: el ISR de la tarifa ($683.59) es mayor que el subsidio ($535.65); la exención viene del art. 96.
UMA diaria 2026
$117.31
Desde · El salario mínimo da 2.82 UMA de salario de cotización: no llega a las 3 del excedente.
Cuota obrera del salario mínimo
a cargo del patrón
El patrón paga íntegramente la cuota del trabajador que percibe el salario mínimo: $235.53 al mes con el mínimo general. Revisado el 23/10/2026.
Cuotas del IMSS del trabajador
2.375 % del SBC + 0.4 % del excedente de 3 UMA
Con el mínimo general serían $235.53 al mes, pero las paga el patrón. Revisado el 23/10/2026.

Ejemplo: un mes de salario mínimo general de 2026

Un mes de $315.04 por día, con los 365 ÷ 12 días de CONASAMI, son $9,582.47. La tarifa del ISR daría $683.59, pero el art. 96 no permite retener a quien solo percibe el mínimo. Las cuotas del IMSS del trabajador, $235.53, las paga el patrón por el art. 36. El neto es el sueldo completo: $9,582.47.

Con un centavo más, $9,582.48, ya no es el salario mínimo: se retienen $147.94 de ISR y $238.81 de IMSS, y quedan $9,195.73. Las tarifas completas están en las tablas del ISR.

Cuánto queda del salario mínimo general de 2026

El salario mínimo general de $315.04 por día se pasa a un mes con 365 ÷ 12 días, como lo hace CONASAMI: $9,582.47. No se retiene ISR ni se descuenta el IMSS, y quedan los $9,582.47 completos. Al año son $114,989.64 netos sin contar el aguinaldo.

La cuenta es corta porque no hay ISR ni cuotas del IMSS a cargo del trabajador, y la aportación al Infonavit la hace la empresa. Si en su recibo ve menos, revise si tiene un crédito o un descuento por pensión alimenticia.

Por qué el salario mínimo no paga ISR

El primer párrafo del art. 96 de la LISR prohíbe retener ISR a quien en el mes solo percibe un salario mínimo general de su zona. La calculadora lo aplica: con $9,582.47 o menos la retención es cero.

No es por el subsidio para el empleo. Con $9,582.47 la tarifa da $683.59 de ISR y el subsidio, de $535.65, no alcanza a cubrirlo: sin el art. 96 se retendrían $147.94. Si ese mes cobra algo más que el mínimo, ya no aplica la regla y el impuesto se calcula con la tarifa completa.

Por qué el IMSS no se descuenta: lo paga el patrón

El art. 36 de la Ley del Seguro Social dice que el patrón paga íntegramente la cuota señalada para los trabajadores que perciben como cuota diaria el salario mínimo. Por eso el trabajador no ve descuento del IMSS: con el mínimo general serían $235.53 al mes y los paga la empresa.

El salario base de cotización del mínimo general es de $330.58 al día en el primer año de servicio (2.82 UMA), con el factor de integración de 1.0493. La cuota por excedente empieza con $10,062.00 al mes, y el mínimo no la alcanza: solo hay cuotas porcentuales (2.375 % del salario de cotización). El detalle está en las cuotas del IMSS y en el salario diario integrado.

Cómo se cuenta el mes: $9,582.47

La resolución de CONASAMI, que está en la página de salario mínimo, pasa el día a mes multiplicando por 365 y dividiendo entre 12: $9,582.47. Es el umbral que usa la calculadora para el mínimo general; el de la frontera norte es $13,409.80.

En la práctica un recibo cuenta los días del periodo: $2,205.28 por una semana de siete días, $4,725.60 por una quincena y $9,451.20 por 30 días, todos sin descuentos. Un mes de 31 días, $9,766.24, pasa del mínimo mensual y la calculadora ya retendría ISR: confirme el cálculo con su nómina.

Zona libre de la frontera norte

En los municipios de la zona libre de la frontera norte el mínimo es de $440.87 por día: $13,409.80 al mes. El art. 96 también cubre ese mínimo y el art. 36 deja la cuota obrera a cargo del patrón, así que quedan los $13,409.80 completos.

Su salario de cotización es de 3.94 UMA, más de 3, así que la cuota que absorbe la empresa incluye el excedente de 0.40 %: $342.89 al mes en total. En la calculadora de ISR y sueldo neto elija «Zona libre de la frontera norte» para ver este caso.

Cuánto cuesta a la empresa

Además de $9,582.47, la empresa paga $2,014.09 de cuotas patronales del IMSS, $235.53 de la cuota obrera que le corresponde por el art. 36 y $495.87 de Infonavit. Son $12,327.96 al mes en total, sin aguinaldo ni vacaciones.

El aguinaldo mínimo es de 15 días de salario: se calcula en la calculadora de aguinaldo.

Si gana más que el mínimo

Un centavo sobre el mínimo cambia las reglas: con $9,582.48 se retienen $147.94 de ISR y se descuentan $238.81 de IMSS, y el neto es $9,195.73, menos que el del mínimo. Con $28,747.41 (tres mínimos) le quedan $23,700.46.

Las páginas por monto empiezan en $10,000, −$25.05 netos frente al mínimo.

Del salario mínimo general al neto

Un mes de salario mínimo general, $9,582.47 ($315.04 × 365 ÷ 12); el neto es el sueldo completo (ejemplo calculado el 26/10/2026).

Descuentos del salario mínimo general de un mes (ejemplo calculado el 26/10/2026)
ConceptoReglaImporte
Sueldo bruto del mes—$9,582.47
ISR a retenerno se retiene (art. 96 de la LISR)$0.00
Cuota obrera del IMSSla paga el patrón (art. 36 de la LSS)$0.00
Sueldo neto—$9,582.47

Del salario mínimo de la frontera norte al neto

Un mes de $440.87 por día × 365 ÷ 12, $13,409.80; mismas reglas que el mínimo general (ejemplo calculado el 26/10/2026).

Descuentos del salario mínimo de la zona libre de la frontera norte (ejemplo calculado el 26/10/2026)
ConceptoReglaImporte
Sueldo bruto del mes—$13,409.80
ISR a retenerno se retiene (art. 96 de la LISR)$0.00
Cuota obrera del IMSSla paga el patrón (art. 36 de la LSS)$0.00
Sueldo neto—$13,409.80

La cuota obrera que paga el patrón

Las cuotas del trabajador que el art. 36 de la LSS deja a cargo de la empresa, con el salario base de cotización del primer año de servicio (ejemplo calculado el 26/10/2026).

Cuota obrera del IMSS a cargo del patrón con un mes de salario mínimo (ejemplo calculado el 26/10/2026)
ConceptoTasaMínimo generalFrontera norte
Excedente de 3 UMA0.4 % del excedente$0.00$13.28
Prestaciones en dinero0.25 % del SBC$24.79$34.70
Gastos médicos de pensionados0.375 % del SBC$37.19$52.04
Invalidez y vida0.625 % del SBC$61.98$86.74
Cesantía en edad avanzada y vejez1.125 % del SBC$111.57$156.13
Total que paga el patrón—$235.53$342.89

Uno, dos y tres salarios mínimos al mes: cuánto queda

Sueldos mensuales en veces el salario mínimo general, con ISR, subsidio e IMSS del primer año de servicio. Solo el primero es el salario mínimo.

Neto de varios múltiplos del salario mínimo (ejemplo calculado el 26/10/2026)
Sueldo brutoISR de la tarifaSubsidioISR a retenerIMSSSueldo neto
$9,582.47——$0.00$0.00$9,582.47
$11,978.09$944.23$0.00$944.23$306.55$10,727.31
$14,373.71$1,295.79$0.00$1,295.79$376.32$12,701.60
$19,164.94$2,205.28$0.00$2,205.28$515.83$16,443.83
$28,747.41$4,252.10$0.00$4,252.10$794.85$23,700.46

El mínimo general según el periodo de pago

El salario mínimo de $315.04 por día pagado por semana, por quincena o por mes (ejemplo calculado el 26/10/2026).

Neto del salario mínimo general por periodo de pago (ejemplo calculado el 26/10/2026)
PeriodoBruto por pagoCuota obrera que paga el patrónNeto por pago
Semanal$2,205.28$54.96$2,205.28
Quincenal$4,725.60$117.78$4,725.60
Mensual$9,582.47$235.53$9,582.47

Qué debe tener en cuenta

  • El mes del salario mínimo es el de CONASAMI (365 ÷ 12 días). Un sueldo mensual que pase de $9,582.47 deja de ser el mínimo para el ISR y el IMSS: la calculadora retiene y descuenta.
  • El cálculo es de un trabajador en su primer año de servicio, sin bonos, horas extra, vales ni créditos de Infonavit; la empresa puede retener o pagar distinto.
  • La regla del art. 96 vale cuando en el mes solo se percibe el salario mínimo; cualquier otra percepción gravada cambia el cálculo. El salario mínimo de 2027 se fija en diciembre de 2026: no lo estimamos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me queda si gano el salario mínimo de 2026?

En el resto del país, $9,582.47 al mes: el salario mínimo de $315.04 por día × 365 ÷ 12, sin descuentos. No se retiene ISR y el IMSS lo paga el patrón. En la frontera norte, $13,409.80.

¿El salario mínimo paga ISR?

No. El art. 96 de la LISR dice que no se retiene ISR a quien en el mes solo percibe un salario mínimo general de su área geográfica. No es por el subsidio: con $9,582.47 la tarifa da $683.59 y el subsidio para el empleo, $535.65, no la cubre; sin esa regla se retendrían $147.94.

¿Se descuenta el IMSS del salario mínimo?

No. El art. 36 de la Ley del Seguro Social dice que el patrón paga íntegramente la cuota del trabajador que percibe el salario mínimo. Son $235.53 al mes con el mínimo general y $342.89 en la frontera norte, a cargo de la empresa.

¿Cuántos días tiene el mes del salario mínimo?

CONASAMI pasa el día a mes con 365 entre 12: $315.04 × 365 ÷ 12 son $9,582.47. Con 30 días son $9,451.20, que también queda libre de ISR; con 31 días serían $9,766.24, más que el mínimo mensual, y la calculadora ya retiene ISR: confirme con su nómina.

¿Cuánto le queda en la frontera norte con $440.87 por día?

$13,409.80 al mes ($440.87 × 365 ÷ 12), sin ISR por el art. 96 y sin IMSS por el art. 36: la empresa paga $342.89 de la cuota obrera.

¿Cuánto cuesta un trabajador de salario mínimo a la empresa?

$12,327.96 al mes en el resto del país: el sueldo, $2,014.09 de IMSS patronal, $235.53 de la cuota obrera que le corresponde por el art. 36 y $495.87 de Infonavit, sin aguinaldo ni vacaciones.

¿Cuál será el salario mínimo neto de 2027?

Todavía no se sabe. CONASAMI fija el salario mínimo cada diciembre y esta página no estima cifras futuras: se actualizará cuando se publique la resolución.

Fuentes y metodología

Última revisión:
Reglas:
LISR art. 96; Anexo 8 de la RMF 2026; decreto del subsidio para el empleo (DOF 31-12-2025); LSS arts. 25, 28, 36, 106, 107, 147 y 168

Revisamos cada regla y cada valor contra la fuente oficial y anotamos la fecha de la revisión. Si una norma cambia, actualizamos la calculadora y lo dejamos en el historial.

Resultado orientativo: no reemplaza la asesoría de un abogado laboralista o de un contador público.

Historial de cambios

  • Publicada la página de salario mínimo neto: general y zona libre de la frontera norte.