Colombia

Calculadora de prima de servicios

Verificado el Fuentes

Escriba las fechas y el salario: verá la prima del semestre, la parte proporcional si terminó antes y la fecha máxima de pago.

  • 30 días de salario por año
  • Junio y diciembre
  • Incluye servicio doméstico

Si ingresó antes del semestre, escriba el primer día del semestre: enero o julio.

El último día del semestre (30 de junio o 31 de diciembre) o la fecha de retiro si terminó antes. El semestre se elige con esta fecha.

Fijo: sin cambios en el semestre. Variable o cambió: se usa el promedio devengado del semestre.

Sin auxilio. Si es variable, escriba el promedio de lo devengado en el semestre. El promedio semestral es una práctica: el CST no fija esa fórmula.

«Según el salario» y «Sí corresponde» respetan el tope de 2 salarios mínimos. Elija No si no hubo derecho real (por ejemplo, una empleada interna que vive en el lugar de trabajo).

Se calcula en su navegador. No guardamos sus datos.

Prima de servicios

$ 1.046.931

Del 01/07/2026 al 26/10/2026: 116 días del semestre. La prima se paga, a más tardar, el 20/12/2026.

Base

Salario base mensual
$ 3.000.000
Auxilio de transporte
$ 249.095
Base mensual de la prima
$ 3.249.095

Período y resultado

Días del semestre trabajados
116 días
Pago máximo del semestre
20/12/2026
Prima causada
$ 1.046.931

Semestre julio–diciembre · 116 días · base $ 3.249.095 · Ver valores usados

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Prima de servicios$ 1.046.931Ver detalle

Cómo lo calculamos

La prima se causa por semestres: enero–junio y julio–diciembre. La fecha de corte decide cuál se liquida.

  1. Días del semestre

    conteo 30/360, con ambos extremos incluidos

    del 01/07/2026 al 26/10/2026 = 116 días

    Norma: Art. 306, Código Sustantivo del Trabajo · El semestre empieza el 1 de enero o el 1 de julio y termina el 30 de junio o el 31 de diciembre. Si ingresó o salió antes, se cuentan solo los días trabajados.

  2. Base mensual de la prima

    salario base + auxilio cuando corresponde

    $ 3.000.000,00 + $ 249.095,00 = $ 3.249.095,00

    Norma: Art. 2, Ley 1788 de 2016 · Valor: Auxilio de transporte · El auxilio de transporte se incorpora a la base de las prestaciones (Ley 1 de 1963, art. 7). La prima no es salario (CST art. 307).

  3. Prima causada

    base mensual × días del semestre ÷ 360

    3.249.095,00 × 116 ÷ 360 = 1.046.930,61 = $ 1.046.931

    Norma: Art. 306, Código Sustantivo del Trabajo · 30 días de salario por año equivalen a un doceavo de la base por cada mes del semestre.

Valores usados

Vigentes al

Prima de servicios
30 días por año
La mitad se paga máximo el 30 de junio y la otra dentro de los primeros 20 días de diciembre. Si el contrato termina antes, se paga con la liquidación final. Revisado el 17/10/2026.Fuente: CST art. 306 (Ley 1788/2016 art. 2)
Salario mínimo 2026
$ 1.750.905
Desde · Revisado el 17/10/2026.Fuente: Decretos 1469 de 2025 y 159 de 2026
Auxilio de transporte 2026
$ 249.095
Desde · Solo se suma si hay derecho real al auxilio. El tope es un salario de hasta dos veces el mínimo. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Decreto 1470 de 2025; Ley 1 de 1963 art. 7
Conteo de días
Mes de 30, año de 360
Ambos extremos incluidos; 31→30 y último día de febrero→30 son la convención de este calculador. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Función Pública, Concepto 262371 de 2020 (mes de 30 y año de 360 días)

Cómo se calcula la prima de servicios

prima = (salario + auxilio cuando corresponde) × días del semestre ÷ 360

salario
salario mensual del semestre; si es variable, el promedio que usted indique
auxilio
auxilio de transporte o de conectividad, si hay derecho a él
días del semestre
días trabajados en el semestre, con conteo de mes de 30 y año de 360

El artículo 306 del CST reconoce 30 días de salario por año, pagados en dos mitades: una máximo el 30 de junio y la otra dentro de los primeros 20 días de diciembre. Por eso un semestre completo equivale a 15 días de salario, o a un doceavo de la base por cada mes.

La Ley 1788 de 2016 incluyó expresamente a los trabajadores del servicio doméstico, a los choferes de servicio familiar, a los trabajadores por días y a los de fincas. No es una bonificación voluntaria: es una prestación social.

El auxilio de transporte se incorpora a la base de las prestaciones sociales cuando hay derecho a él (Ley 1 de 1963, art. 7). Para 2026, el auxilio cargado es $ 249.095 y el límite salarial es $ 3.501.810. La prima, en cambio, no es salario para otros efectos (CST art. 307).

Ejemplo al 26/10/2026

Con los datos iniciales, la prima del semestre es $ 1.046.931. Del 01/07/2026 al 26/10/2026: 116 días del semestre. La prima se paga, a más tardar, el 20/12/2026.

Un semestre completo de julio a diciembre, con salario de $ 3.000.000 y auxilio, da $ 1.624.548: quince días de la base de $ 3.249.095.

Si la persona ingresó el 15 de marzo, la prima de junio es proporcional a 106 días: $ 956.678. Con el salario mínimo y auxilio, un semestre completo da $ 1.000.000; sin auxilio, un salario de $ 4.000.000 da $ 2.000.000.

Prima de junio y prima de diciembre: fechas de pago

La prima se paga en dos partes. La primera, máximo el 30 de junio. La segunda, dentro de los primeros 20 días de diciembre: el 20 de diciembre es el último día del plazo y el 21 es el primer día posterior.

Si el contrato termina antes de la fecha de pago, la parte causada se paga con la liquidación final. No se pierde por renunciar ni por un despido. La calculadora toma la fecha de corte como final del período.

No suponemos prórroga automática cuando el 20 de diciembre o el 30 de junio caen en día no hábil. Verifique el calendario y los acuerdos aplicables.

Quién tiene derecho

La prima cubre a los trabajadores con contrato de trabajo. La Ley 1788 de 2016 incluyó de forma expresa al servicio doméstico, a los choferes de servicio familiar, a los trabajadores por días y a los de fincas.

No corresponde a quien presta servicios por contrato de prestación de servicios, como contratista independiente: en ese caso no hay relación laboral ni prima. Tampoco la reemplaza un pago voluntario ni una bonificación ocasional.

Para la empleada doméstica que vive en el lugar de trabajo, el auxilio de transporte puede no corresponder porque no hay desplazamiento; en ese caso elija «No corresponde» en el campo de auxilio.

Salario variable o que cambió en el semestre

El CST habla de «30 días de salario», pero no fija una fórmula de promedio semestral para la prima. La práctica de nómina usa el promedio de lo devengado en el semestre; esta página lo pide como dato y lo marca como convención (6 meses).

Si el salario fue fijo y no cambió, use ese salario. Si hubo aumento, comisiones o pagos variables, calcule usted el promedio del semestre y escríbalo. La herramienta no reconstruye la nómina mes a mes.

No use el promedio anual de cesantías: la prima se causa por semestre y la base puede ser distinta. Para las cesantías hay una página aparte.

Prima proporcional por ingreso o retiro

Si la persona ingresó después de empezar el semestre, o salió antes de terminarlo, la prima se calcula por los días trabajados. El conteo incluye el día de ingreso y el de corte y usa meses de 30 días.

Ejemplo: ingreso el 15 de marzo y corte el 30 de junio. Son 106 días y la prima es la base multiplicada por 106 y dividida entre 360. Si el corte es el 30 de junio, el semestre es enero–junio; si es en julio o después, el semestre es julio–diciembre.

Prima de un semestre completo con los valores de 2026

180 días, salario fijo; auxilio automático según el tope de 2 SMMLV; importes al peso más cercano
Salario mensualAuxilio incluidoBasePrima del semestre
$ 1.750.905$ 249.095$ 2.000.000$ 1.000.000
$ 3.000.000$ 249.095$ 3.249.095$ 1.624.548
$ 3.501.810$ 249.095$ 3.750.905$ 1.875.453
$ 4.000.000$ 0$ 4.000.000$ 2.000.000

Qué debe tener en cuenta

  • Alcance: prima de servicios de un contrato de trabajo en Colombia. No calcula prestación de servicios, bonificaciones voluntarias ni acuerdos colectivos.
  • El promedio semestral para salario variable es una práctica de nómina, no una fórmula literal del CST. La página lo pide como dato y lo advierte.
  • El conteo 30/360 es una convención de liquidación; el CST no fija el año de 360 días. Los días usados se muestran en el resultado.
  • No calcula sanciones por mora, acuerdos de pago ni descuentos. El resultado es bruto y no incluye aportes.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la prima de servicios?

30 días de salario por año, es decir, 15 días por un semestre completo. Con salario de $ 3.000.000 y auxilio, la prima de un semestre completo es $ 1.624.548.

¿Cuándo se paga la prima?

La primera mitad máximo el 30 de junio y la segunda dentro de los primeros 20 días de diciembre, es decir, a más tardar el 20 de diciembre. Si el contrato termina antes, se paga con la liquidación final.

¿Cuánto es la prima de diciembre 2026?

Por un semestre completo de julio a diciembre, 15 días de la base. Con el salario mínimo y el auxilio de transporte de 2026, son $ 1.000.000, a más tardar el 20 de diciembre. Si trabajó menos tiempo en el semestre, es proporcional a los días.

¿Se incluye el auxilio de transporte?

Sí, cuando hay derecho a él: la Ley 1 de 1963, art. 7, lo incorpora a la base de las prestaciones sociales. Para 2026 el auxilio es $ 249.095 y corresponde a salarios de hasta $ 3.501.810.

¿Cómo se calcula si renuncié antes de diciembre?

Por los días trabajados en el semestre. Por ejemplo, del 1 de julio al 30 de septiembre son 90 días: la prima es la base multiplicada por 90 y dividida entre 360. Se paga con la liquidación final.

¿La empleada doméstica tiene prima?

Sí. La Ley 1788 de 2016 incluyó expresamente a los trabajadores del servicio doméstico. Se calcula con las mismas reglas y con el auxilio solo si hay derecho real a él.

¿Qué salario uso si es variable?

El promedio de lo devengado en el semestre. El CST no fija una fórmula de promedio semestral para la prima; es una práctica de nómina. Escriba ese promedio, no el promedio anual de cesantías.

¿La prima es salario?

No. El CST art. 307 dice que la prima no es salario para ningún efecto. Es una prestación social y no se suma como factor salarial en vacaciones o indemnizaciones.

¿Un contratista independiente recibe prima?

No. La prima supone un contrato de trabajo. Quien factura por prestación de servicios no tiene relación laboral ni prima, cesantías o vacaciones por esa vía.

Fuentes y metodología

Última revisión:
Reglas:
CST art. 306 (Ley 1788/2016); CST art. 307; Ley 1 de 1963 art. 7

Revisamos cada regla y cada valor contra la fuente oficial y anotamos la fecha de la revisión. Si una norma cambia, actualizamos la calculadora y lo dejamos en el historial.

Resultado orientativo: no reemplaza la asesoría de un abogado laboralista o de un contador.

Historial de cambios

  • Primera versión: prima por semestre, proporcional por retiro y base con auxilio.