Indemnización por despido arbitrario
Verificado el Fuentes
Elija el tipo de contrato, escriba su fecha de ingreso, la fecha del despido y su sueldo. En un contrato a plazo fijo agregue la fecha en que terminaba.
- 1.5 remuneraciones por año
- Tope de 12
- Plazo fijo y MYPE
tarivu.com/es-pe/indemnizacion-por-despido-arbitrario/ · Calculado el
Indemnización por despido arbitrario
S/ 15,953.33
Con 3 años, 4 meses y 26 días de servicio, por cada año completo y su fracción.
Esta es la tarifa de la ley, no una sentencia.
Ver detalles
La indemnización que figura aquí es la que fija la ley por despido arbitrario. Un juez puede además ordenar la reposición, y los intereses y costos se suman. La calculadora no decide si el despido fue arbitrario.
Cálculo de la indemnización
- Tiempo de servicio
- 3 años, 4 meses y 26 días
- Remuneración mensual
- S/ 3,123.00
- Por 3 años completos
- S/ 14,053.50
- Por 4 meses
- S/ 1,561.50
- Por 26 días
- S/ 338.33
- Suma antes del tope
- S/ 15,953.33
- Tope de 12 remuneraciones
- S/ 37,476.00
- Indemnización
- S/ 15,953.33
RMV al 26/10/2026: S/ 1,230.00 · asignación familiar S/ 123.00 · Ver valores usados
Cómo lo calculamos
La ley fija una tarifa: en un contrato indefinido, una remuneración y media por cada año completo, con fracciones en dozavos y treintavos y un tope de doce remuneraciones.
Remuneración mensual
sueldo + asignación familiar + variables regulares
S/ 3,000.00 + S/ 123.00 + S/ 0.00 = S/ 3,123.00
Tiempo de servicio
años completos, meses y días con meses de 30 días
3 años, 4 meses y 26 días
Una remuneración y media por año
1.5 × remuneración × años + dozavos por los meses + treintavos por los días
S/ 4,684.50 × 3 = S/ 14,053.50; × 4 ÷ 12 = S/ 1,561.50; × 26 ÷ 360 = S/ 338.33 = S/ 15,953.33
Tope
no más de 12 remuneraciones
suma S/ 15,953.33; tope S/ 37,476.00 = S/ 15,953.33
Valores usados
Vigentes al
- Remuneración mínima al 26/10/2026
- S/ 1,230.00
- Asignación familiar
- 10 % de la remuneración mínima
- Indemnización del régimen general
- 1.5 remuneraciones por año, máximo 12
- Periodo de prueba
- 3 meses
- Indemnización de la pequeña empresa
- 20 remuneraciones diarias por año, máximo 120
- Indemnización de la microempresa
- 10 remuneraciones diarias por año, máximo 90
Cómo se calcula la indemnización
indemnización = 1.5 × remuneración × (años + meses ÷ 12 + días ÷ 360), con tope de 12 remuneraciones
- remuneración
- sueldo + asignación familiar + promedio de pagos variables regulares, al día del despido
- años, meses y días
- el tiempo de servicio, con meses de 30 días
- plazo fijo
- en lugar del tiempo trabajado, los meses que faltaban hasta el fin del contrato
El artículo 38 del TUO del D.Leg. 728 reconoce, si el despido es arbitrario, una indemnización de 1.5 remuneraciones mensuales por cada año completo de servicio, con un máximo de 12. Las fracciones se pagan por dozavos de meses y treintavos de días.
En un contrato a plazo fijo, el artículo 76 cambia la base: se paga 1.5 remuneraciones por cada mes que faltaba hasta el vencimiento, con el mismo tope. Antes de completar 3 meses de servicio, que es el periodo de prueba, no corresponde indemnización.
Ejemplos de indemnización
Con los datos iniciales (ingreso el 01/06/2023, sueldo de S/ 3,000.00 y asignación familiar), la indemnización al 26/10/2026 es S/ 15,953.33.
Un contrato indefinido con ingreso el 01/06/2023 y despido el 10/10/2026 suma 3 años, 4 meses y 10 días. Su remuneración es S/ 3,000.00 + S/ 123.00 = S/ 3,123.00. Por los años: 1.5 × S/ 3,123.00 × 3 = S/ 14,053.50; por los meses, S/ 1,561.50; por los días, S/ 130.13. Total: S/ 15,745.13, lejos del tope de S/ 37,476.00.
En un contrato a plazo fijo del 01/05/2026 al 31/05/2027, con despido el 31/10/2026, faltaban 7 meses: 1.5 × S/ 3,123.00 × 7 = S/ 32,791.50.
Una persona con 3 años y 4 meses en una microempresa cobraría S/ 3,470.00, y en una pequeña empresa, S/ 6,940.00, con una remuneración de S/ 3,123.00.
Qué calcula esta página y qué no
La calculadora aplica la tarifa que fija la ley. No decide si su despido fue arbitrario: eso lo resuelve un juez o, en el caso de un acuerdo, lo pactan las partes.
Un juez también puede ordenar la reposición en el empleo en lugar de la indemnización, y los intereses y costos del proceso se suman. Ninguna de esas cifras sale de esta página.
Periodo de prueba
Durante los primeros 3 meses de servicio el empleador puede terminar la relación sin pagar indemnización por despido arbitrario. Si usted tiene menos tiempo, la calculadora muestra cero.
Contrato a plazo fijo
Si su contrato terminaba en una fecha cierta y lo despidieron antes, la indemnización se mide por lo que faltaba, no por lo que ya trabajó. Escriba la fecha en que terminaba el contrato y la calculadora cuenta los meses y días entre el día siguiente al despido y esa fecha.
Para la pequeña y la microempresa solo calculamos el contrato indefinido: la fórmula del plazo fijo en esos regímenes depende del reglamento de la Ley 32353, que no figura publicado.
Pequeña y microempresa
En la pequeña empresa se pagan 20 remuneraciones diarias por año, hasta 120. En la microempresa, 10 por año, hasta 90. La remuneración diaria es la mensual entre 30.
Son las cifras del régimen anterior. La Ley 32353 las repite, pero entra en vigor con su reglamento y, al 26/10/2026, no figura publicado.
Indemnización según los años de servicio (contrato indefinido)
| Años de servicio | Cálculo | Indemnización |
|---|---|---|
| 1 | 1.5 × S/ 3,123.00 × 1 | S/ 4,684.50 |
| 2 | 1.5 × S/ 3,123.00 × 2 | S/ 9,369.00 |
| 3 | 1.5 × S/ 3,123.00 × 3 | S/ 14,053.50 |
| 4 | 1.5 × S/ 3,123.00 × 4 | S/ 18,738.00 |
| 5 | 1.5 × S/ 3,123.00 × 5 | S/ 23,422.50 |
| 6 | 1.5 × S/ 3,123.00 × 6 | S/ 28,107.00 |
| 7 | 1.5 × S/ 3,123.00 × 7 | S/ 32,791.50 |
| 8 | 1.5 × S/ 3,123.00 × 8 | S/ 37,476.00 |
| 9 | 1.5 × S/ 3,123.00 × 9 | S/ 37,476.00 (tope) |
Qué debe tener en cuenta
- La calculadora aplica la tarifa legal. No decide si el despido fue arbitrario, y un juez puede ordenar la reposición en lugar de la indemnización o sumar intereses y costos.
- Alcance: régimen laboral privado. No incluye trabajadores del hogar, del Estado ni regímenes especiales.
- Si su remuneración varía, escriba el promedio de los últimos seis meses de lo que cobra con regularidad; la calculadora no verifica esa regularidad.
- Pequeña y microempresa: calculamos con las cifras del régimen anterior porque el reglamento de la Ley 32353 no figura publicado al 26/10/2026. Confirme con el Ministerio de Trabajo o con un abogado laboral.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde si me despidieron después de tres años?
En un contrato indefinido, 1.5 remuneraciones por cada año completo. Con una remuneración de S/ 3,123.00, tres años dan S/ 14,053.50, más lo que corresponda por los meses y días sobrantes.
¿Cuál es el tope de la indemnización?
Doce remuneraciones mensuales. Con S/ 3,123.00 son S/ 37,476.00, que se alcanza a los 8 años de servicio. En la pequeña empresa el tope es de 120 remuneraciones diarias y en la microempresa, de 90.
¿Qué pasa si me despidieron antes de los tres meses?
Estaba en periodo de prueba y la ley no le reconoce indemnización por despido arbitrario. La calculadora muestra cero.
¿Cómo se calcula en un contrato a plazo fijo?
Se pagan 1.5 remuneraciones por cada mes que faltaba hasta el fin del contrato. Si faltaban 7 meses y su remuneración es S/ 3,123.00, son S/ 32,791.50.
¿La indemnización se suma a la liquidación?
Sí. Es un pago aparte de la CTS, las gratificaciones y las vacaciones truncas; se cobra además de ellos. La liquidación de beneficios sociales la calcula otra de nuestras páginas.
¿Cuándo debe pagarse?
Dentro de las 48 horas siguientes al despido; si el empleador se retrasa, el monto genera interés legal laboral. Si no se la pagan, puede reclamar ante la Autoridad Administrativa de Trabajo o iniciar un proceso judicial.
¿Corresponde indemnización si renuncié?
No. La indemnización por despido arbitrario es para quien fue despedido sin causa justa. Si renunció, le corresponden sus beneficios sociales, pero no esta indemnización.
Fuentes y metodología
- MTPE: Compendio de normas laborales del régimen privado (TUO del D.Leg. 728, arts. 10, 38 y 76; DS 001-96-TR, arts. 55 y 56)
- Ley 32353: régimen de la micro y pequeña empresa (texto consolidado)
- TUO anterior de la ley MYPE (DS 013-2013-PRODUCE), art. 56
- DS 015-2026-TR (El Peruano): remuneración mínima de S/ 1,230
- Última revisión:
- Reglas:
- TUO del D.Leg. 728 (DS 003-97-TR) arts. 10, 38 y 76; DS 001-96-TR arts. 55 y 56; Ley 32353 (MYPE)
Revisamos cada regla y cada valor contra la fuente oficial y anotamos la fecha de la revisión. Si una norma cambia, actualizamos la calculadora y lo dejamos en el historial.
Resultado orientativo: no reemplaza la asesoría de un abogado laboralista o de un contador público colegiado.
Historial de cambios
- Primera versión: contrato indefinido y a plazo fijo, tope de 12 remuneraciones, pequeña y microempresa.