Colombia

Calculadora de liquidación de empleada doméstica

Verificado el Fuentes

Escriba el salario y las fechas de ingreso y de retiro: verá lo que le corresponde a quien trabaja en el servicio doméstico, con la norma de cada pago.

  • Cesantías, prima y vacaciones
  • Con o sin auxilio de transporte
Ejemplo:Salario $ 1.750.905Liquidación de empleada doméstica $ 4.330.383
  • Ejemplo calculado al 26/10/2026: renuncia de una empleada que no vive en la casa, después de 3 años y 2 meses, con un salario mínimo.
  • Si vive en la casa donde trabaja, no se suma el auxilio de transporte y el total es $ 3.809.217.

Con el despido sin justa causa se suma la indemnización.

El último día que trabajó.

Sin el auxilio de transporte: si gana hasta $ 3.501.810 (2 salarios mínimos), lo sumamos solo ($ 249.095).

días

Del último mes, si todavía no se los pagaron. Escriba 0 si ya le pagaron todo.

El día en que empezó el período de vacaciones que no ha disfrutado. Vacío: desde el ingreso.

Variable: escriba arriba el promedio mensual del último año. Integral: desde 13 salarios mínimos, sin cesantías ni prima.

No se paga donde no hay transporte público ni a quien vive en el lugar de trabajo.

Solo si el empleador no las consignó en su fondo.

Lo que ya le pagaron de las cesantías de este año: se resta.

Se calcula en su navegador. No guardamos sus datos.

Total liquidación

$ 4.330.383

Por renuncia: prestaciones sociales, vacaciones y salario pendiente, sin indemnización.

Base

Salario
$ 1.750.905
Auxilio de transporte
$ 249.095
Base de cesantías y prima
$ 2.000.000

Prestaciones sociales

Cesantías (296 días)
$ 1.644.444
Intereses de cesantías (12 %)
$ 162.252
Prima de servicios (116 días)
$ 644.444
Vacaciones (60 días)
$ 145.909

Salario y otros pagos

Salario de 26 días
$ 1.517.451
Auxilio de transporte de 26 días
$ 215.882
Total liquidación
$ 4.330.383
Suma exacta, con centavos
$ 4.330.382,81
Notas del cálculo (2)
  • Para el servicio doméstico usamos las reglas generales: cesantías, intereses, prima y vacaciones, como cualquier contrato de trabajo.

    Ver detalles

    La prima del servicio doméstico está en el art. 306 (Ley 1788 de 2016). Las cesantías se calculan con la regla general y, según la sentencia C-310 de 2007, incluyen el salario en especie: escriba el salario total, en dinero y en especie. Si trabaja por días o medio tiempo, escriba lo que recibe en el mes.

  • Al renunciar no hay indemnización. En un contrato a término indefinido, la ley le pide avisar con 30 días de anticipación.

    Ver detalles

    No se puede pactar una multa por no avisar (art. 47 del Código Sustantivo del Trabajo, reformado por la Ley 2466 de 2025, art. 5). Si renuncia por una falta grave del empleador, no necesita ese aviso.

Salario mínimo $ 1.750.905 · Auxilio de transporte $ 249.095 · Ver valores usados

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Total liquidación$ 4.330.383Ver detalle

Cómo lo calculamos

Estos son los pasos con los datos que escribió.

  1. Base de las prestaciones

    salario mensual + auxilio de transporte (si gana hasta 2 salarios mínimos)

    1.750.905,00 + 249.095,00 = 2.000.000,00 = $ 2.000.000

    Norma: Art. 7, Ley 1 de 1963 · Valor: Salario mínimo · Valor: Auxilio de transporte · El auxilio de transporte no es salario, pero se suma para liquidar las cesantías, sus intereses y la prima. Las vacaciones se liquidan sin él.

  2. Días que se liquidan

    año de 360 días y mes de 30: cesantías desde el 1 de enero (o el ingreso), prima desde el inicio del semestre, vacaciones desde la última vez que las tomó

    cesantías: 296 · prima: 116 · vacaciones: 60

    Valor: Año de 360 días · Las cesantías de años anteriores ya debían estar consignadas en su fondo antes del 15 de febrero; si no lo están, súmelas en «Más opciones».

  3. Cesantías e intereses

    cesantías = base × días ÷ 360; intereses = cesantías × días × 12 % ÷ 360

    2.000.000,00 × 296 ÷ 360 = 1.644.444,44; 1.644.444,44 × 296 × 0,12 ÷ 360 = 162.251,85 = $ 1.644.444 + $ 162.252

    Norma: Art. 249, Código Sustantivo del Trabajo · Valor: Cesantías · Valor: Intereses de cesantías · Un mes de salario por año trabajado y en proporción por la fracción. Los intereses son del 12 % anual (Ley 52 de 1975, art. 1). Al terminar el contrato, las cesantías del último período se pagan directamente a usted (Ley 50 de 1990, art. 99).

  4. Prima de servicios

    base × días del semestre ÷ 360

    2.000.000,00 × 116 ÷ 360 = 644.444,44 = $ 644.444

    Norma: Art. 306, Código Sustantivo del Trabajo · Valor: Prima de servicios · Son 30 días de salario por año, pagados por semestres: la mitad hasta el 30 de junio y la otra mitad en los primeros 20 días de diciembre.

  5. Vacaciones no disfrutadas

    salario × días ÷ 720 (sin auxilio de transporte)

    1.750.905,00 × 60 ÷ 720 = 145.908,75 = $ 145.909

    Norma: Art. 1, Ley 995 de 2005 · Valor: Vacaciones · 15 días hábiles por año equivalen a medio mes de salario: por eso se divide entre 720.

  6. Salario de los días sin pagar

    salario ÷ 30 × días

    1.750.905,00 ÷ 30 × 26 = 1.517.451,00 = $ 1.517.451

    Norma: Art. 57, Código Sustantivo del Trabajo

  7. Auxilio de transporte de esos días

    auxilio ÷ 30 × días

    249.095,00 ÷ 30 × 26 = 215.882,33 = $ 215.882

    Norma: Art. 2, Ley 15 de 1959 · Se paga por los días trabajados.

Valores usados

Vigentes al

Salario mínimo 2026
$ 1.750.905
Desde · Lo fijó el Decreto 1469 de 2025, vigente; el Decreto 159 de 2026 rigió mientras estuvo suspendido. El monto es el mismo en los dos. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Decreto 1469 de 2025 y Decreto 159 de 2026
Auxilio de transporte 2026
$ 249.095
Desde · Para quien gana hasta 2 salarios mínimos ($ 3.501.810), incluido ese monto. Entra en la base de las cesantías y la prima, no en la de las vacaciones. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Decreto 1470 de 2025
Año para liquidar
360 días (meses de 30)
Por confirmar · Criterio aplicado · Es la forma habitual de liquidar: cada mes cuenta 30 días, también febrero y los meses de 31. La ley no lo dice de forma expresa. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Práctica de liquidación; Ley 4 de 1913, art. 59
Cesantías
Un mes de salario por año
En proporción por la fracción de año. Se consignan en el fondo antes del 15 de febrero; al terminar el contrato, las del último período se pagan a usted. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Código Sustantivo del Trabajo, art. 249; Ley 50 de 1990, art. 99
Intereses de cesantías
12 % anual
Sobre las cesantías del año y en proporción a los días. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Ley 52 de 1975, art. 1
Prima de servicios
30 días de salario por año
La mitad se paga hasta el 30 de junio y la otra mitad en los primeros 20 días de diciembre. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Código Sustantivo del Trabajo, art. 306 (Ley 1788 de 2016)
Vacaciones
15 días hábiles por año
Las no disfrutadas se pagan al terminar: salario × días ÷ 720, sin auxilio de transporte. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Código Sustantivo del Trabajo, art. 186; Ley 995 de 2005, art. 1
Salario integral mínimo
13 salarios mínimos ($ 22.761.765)
10 salarios mínimos más un factor prestacional de al menos 30 %. No tiene cesantías, intereses ni prima; las vacaciones sí se pagan. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Código Sustantivo del Trabajo, art. 132
Indemnización por despido sin justa causa
30 días + 20 por año
Desde · Contrato a término indefinido con salario menor a 10 salarios mínimos ($ 17.509.050); desde ese monto, 20 días + 15 por año. A término fijo: los días que faltaban. Obra o labor: el tiempo que faltaba, mínimo 15 días. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Código Sustantivo del Trabajo, art. 64 (Ley 789 de 2002, art. 28)
Auxilio de transporte en el servicio doméstico
Sí, si no vive en la casa
La Función Pública recoge la interpretación de la Corte Suprema: no hay auxilio cuando la persona reside en el mismo lugar de trabajo y no tiene necesidad real de desplazamiento. Es una condición general, no una exclusión nueva para el servicio doméstico. Revisado el 17/10/2026.Fuente: Ley 15 de 1959, art. 2; Función Pública, Concepto 214131 de 2023; Corte Suprema de Justicia

Cómo se calcula la liquidación de una empleada doméstica

liquidación = cesantías + intereses de cesantías + prima + vacaciones + salario pendiente (+ indemnización si la despiden sin justa causa)

base
salario mensual (en dinero y en especie) más el auxilio de transporte ($ 249.095) si no vive en la casa y gana hasta 2 salarios mínimos ($ 3.501.810)
cesantías
base × días del año en curso ÷ 360
intereses
cesantías × días × 12 % ÷ 360
prima
base × días del semestre ÷ 360
vacaciones
salario (sin auxilio) × días desde las últimas vacaciones ÷ 720

Quien trabaja en el servicio doméstico tiene las mismas prestaciones que cualquier trabajador: cesantías, intereses, prima de servicios y vacaciones. La prima se le reconoce desde la Ley 1788 de 2016, que incluyó expresamente al servicio doméstico en el art. 306 del Código Sustantivo del Trabajo.

El salario puede pagarse en parte en especie (alimentación, habitación, vestuario), hasta el 30 % cuando se gana un salario mínimo. Para la liquidación escriba el salario total, sumando el dinero y el valor de lo que recibe en especie: así lo cuenta el Ministerio del Trabajo para las vacaciones y la Corte Constitucional para las cesantías (sentencia C-310 de 2007).

Ejemplo de liquidación de empleada doméstica calculado al 26/10/2026

Una empleada que no vive en la casa trabajó del 27/08/2023 al 26/10/2026 (3 años y 2 meses) con un contrato a término indefinido y un salario mínimo de $ 1.750.905. Como gana menos de 2 salarios mínimos ($ 3.501.810), recibe el auxilio de transporte de $ 249.095: la base de las cesantías y la prima es $ 2.000.000.

Cesantías de 2026 (296 días): $ 1.644.444, con $ 162.252 de intereses. Prima del semestre (116 días): $ 644.444. Vacaciones desde el 27/08/2026 (60 días): $ 145.909. Total si renuncia, con 26 días de salario sin pagar: $ 4.330.383.

Con las mismas fechas, si la empleada vive en la casa la base es solo el salario y la liquidación es $ 3.809.217. Si la despiden sin justa causa se suma la indemnización de $ 4.279.990 y el total es $ 8.610.373.

Qué incluye la liquidación del servicio doméstico

Al terminar el contrato, quien trabaja en el servicio doméstico tiene derecho a, en proporción al tiempo trabajado:

  • Cesantías: un mes de salario por año, y sus intereses del 12 % anual.
  • Prima de servicios: 30 días de salario por año, pagados en junio y diciembre (art. 306, Ley 1788 de 2016).
  • Vacaciones: 15 días hábiles por año; las que no tomó se pagan en dinero.
  • Salario y auxilio de transporte de los días trabajados que no le han pagado.
  • Indemnización, solo si el empleador termina el contrato sin justa causa.

Auxilio de transporte: ¿la que vive en la casa lo recibe?

El Ministerio del Trabajo dice que el auxilio de transporte se paga a la trabajadora doméstica externa, aunque no trabaje jornada completa, siempre que gane hasta 2 salarios mínimos ($ 3.501.810) y el empleador no preste el transporte. Se paga solo por los días trabajados.

Para quien vive en la casa donde trabaja no hay un desplazamiento real desde su residencia al trabajo. La Función Pública, en el Concepto 214131 de 2023, recoge la interpretación de la Corte Suprema de Justicia: el auxilio no se paga cuando la persona reside en el mismo lugar de trabajo y no tiene necesidad real de desplazamiento. Es una condición general, no una exclusión nueva para el servicio doméstico.

Por eso esta página no suma el auxilio cuando usted elige «Interna (vive en la casa)». Si en su caso había un desplazamiento real y le pagaban el auxilio, elija «Externa (no vive en la casa)»; no obligue a la trabajadora a cambiar su situación para reconocerle un pago que ya recibía.

Si parte del salario es en especie

La alimentación, la habitación y el vestuario que el empleador da como parte del pago cuentan como salario. Con un salario mínimo, lo que se paga en especie no puede ser más del 30 %; con más de un salario mínimo, hasta el 50 %.

La calculadora no separa dinero y especie: escriba en «Salario mensual» el total de los dos. Las cesantías se pagan siempre en dinero y la Corte Constitucional dijo que en el servicio doméstico incluyen el salario en especie (sentencia C-310 de 2007).

Alcance: trabajo mensual, no por días

Esta página está pensada para una empleada que trabaja todo el mes. No calcula el trabajo por días ni la jornada parcial: en esos casos el salario, las cesantías, la prima, las vacaciones y el auxilio de transporte se prorratean por los días efectivamente trabajados, y la página no pide esos días.

No use el auxilio mensual completo para simular a alguien que trabaja algunos días por semana: el auxilio se paga solo por los días trabajados (Ley 15 de 1959, art. 2) y el resultado quedaría por encima de lo que corresponde. Si necesita ese caso, pida una liquidación con los días y el salario proporcional a un contador o a un abogado laboralista.

Liquidación de una empleada doméstica con salario mínimo

Ejemplo calculado el 26/10/2026: contrato a término indefinido con salario de $ 1.750.905 y retiro el 26/10/2026. El total suma las cesantías y los intereses del año en curso, la prima del semestre y las vacaciones del último período; supone que ya tomó las vacaciones de los años anteriores y que no le deben días de salario. La que no vive en la casa recibe el auxilio de transporte ($ 249.095); en la que vive en la casa no lo sumamos.

Liquidación de una empleada doméstica con salario mínimo según el tiempo trabajado (ejemplo calculado el 26/10/2026)
Tiempo trabajadoRenuncia, no vive en la casaRenuncia, vive en la casaDespido sin justa causa, no vive en la casa
6 meses$ 2.142.171$ 1.929.886$ 3.893.076
1 año$ 3.326.593$ 3.021.310$ 5.077.498
2 años$ 3.326.593$ 3.021.310$ 6.244.768
3 años$ 3.326.593$ 3.021.310$ 7.412.038
5 años$ 3.326.593$ 3.021.310$ 9.746.578
10 años$ 3.326.593$ 3.021.310$ 15.582.928

En el despido sin justa causa se suma la indemnización del art. 64: 30 días de salario por el primer año y 20 por cada año siguiente.

Qué debe tener en cuenta

  • Alcance: empleada doméstica con trabajo mensual. La página no prorratea trabajo por días ni jornada parcial: en esos casos el salario, las prestaciones y el auxilio se calculan por los días efectivamente trabajados.
  • El auxilio de transporte no se suma a quien vive en la casa: la Función Pública (Concepto 214131 de 2023) recoge la interpretación de la Corte Suprema de que no hay auxilio sin necesidad real de desplazamiento. Es una condición general.
  • No incluimos la dotación (un par de zapatos y un vestido de labor cada 4 meses para quien gana hasta 2 salarios mínimos), que se entrega en especie y no en dinero.
  • Contamos con año de 360 días y mes de 30, como en las liquidaciones habituales. La ley no lo dice de forma expresa.
  • El salario mínimo de 2026 es $ 1.750.905. El salario de quien trabaja jornada completa no puede ser menor.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se liquida a una empleada doméstica?

Con las mismas reglas de cualquier contrato: cesantías (base × días ÷ 360), intereses del 12 % anual, prima del semestre (base × días ÷ 360), vacaciones (salario × días ÷ 720) y el salario que le deban. La base incluye el auxilio de transporte ($ 249.095) si no vive en la casa y gana hasta 2 salarios mínimos.

¿Las empleadas domésticas tienen derecho a cesantías?

Sí: un mes de salario por año de servicio y en proporción por la fracción. El empleador las consigna cada año en el fondo de cesantías que ella elija, antes del 15 de febrero. En el servicio doméstico incluyen lo que recibe en especie (sentencia C-310 de 2007).

¿Tienen derecho a la prima de servicios?

Sí. Antes de 2016 el servicio doméstico estaba excluido, pero la Ley 1788 de 2016 lo incluyó en el art. 306 del Código Sustantivo del Trabajo: 30 días de salario por año, la mitad hasta el 30 de junio y la otra mitad hasta el 20 de diciembre.

¿Cuánto es la liquidación de una empleada doméstica con salario mínimo?

Depende del tiempo trabajado y de si vive en la casa. En el ejemplo de esta página, 3 años y 2 meses de trabajo con un salario mínimo, es $ 4.330.383 si no vive en la casa y $ 3.809.217 si vive en ella. La tabla por tiempo trabajado muestra otros casos.

¿La empleada que vive en la casa recibe auxilio de transporte?

En esta página no se lo sumamos cuando vive en la casa: no hay desplazamiento real desde su residencia al trabajo. La Función Pública, Concepto 214131 de 2023, recoge la interpretación de la Corte Suprema de Justicia: el auxilio no se paga cuando la persona reside en el mismo lugar de trabajo y no tiene necesidad real de desplazamiento. Es una condición general, no una exclusión nueva del servicio doméstico.

¿Cuánto se paga de vacaciones a una empleada doméstica?

Tiene 15 días hábiles de vacaciones por año. Si termina el contrato sin haberlas tomado, se pagan en dinero: salario × días trabajados desde las últimas vacaciones ÷ 720, sin el auxilio de transporte. Con un salario mínimo, un año completo equivale a $ 875.453.

¿Qué pasa si parte del pago es en especie?

La alimentación, la habitación y el vestuario cuentan como salario. Escriba en la calculadora el total, en dinero y en especie. Con un salario mínimo, lo que se paga en especie no puede pasar del 30 %.

¿Tiene derecho a indemnización si la despiden?

Sí, si el despido es sin justa causa (art. 64 del Código Sustantivo del Trabajo): en un contrato a término indefinido, 30 días de salario por el primer año y 20 por cada año siguiente. La calculadora de indemnización muestra los días.

¿Cuándo debe pagarse la liquidación?

Al terminar el contrato. Si el empleador no paga y no tiene una razón de buena fe, un juez puede ordenar la indemnización moratoria del art. 65: un día de salario por cada día de retraso.

Fuentes y metodología

Última revisión:
Reglas:
Código Sustantivo del Trabajo, arts. 64, 186, 249 y 306; Ley 50 de 1990, art. 99; Ley 2466 de 2025

Revisamos cada regla y cada valor contra la fuente oficial y anotamos la fecha de la revisión. Si una norma cambia, actualizamos la calculadora y lo dejamos en el historial.

Resultado orientativo: no reemplaza la asesoría de un abogado laboralista o de un contador.

Historial de cambios

  • Primera versión de la calculadora de liquidación de empleada doméstica.